Se retoman plazos para procedimientos de ciudadanos extranjeros

El Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana informa que, mediante Acuerdo Ministerial 127, suscrito el pasado 30 de diciembre, ha derogado el Acuerdo Ministerial 35, el cual suspendía los plazos y términos relativos a los procedimientos administrativos sobre movilidad humana durante la declaratoria de emergencia sanitaria.

Con esta nueva disposición, a partir del jueves 21 de enero de 2021 se reanudarán los plazos y términos suspendidos, los cuales empezarán a recurrir, tal como se encontraban previo a su suspensión; esto es:

Las personas extranjeras, cuya permanencia regular, como turistas o residentes temporales, terminó en cualquier fecha a partir del 19 de marzo de 2020, podrán regularizarse en el plazo de 30 días contados desde el jueves 21 de enero de 2021, sin el pago de multa por irregularidad migratoria.

A partir del jueves 21 de enero de 2021 se reanudarán los plazos y términos suspendidos, mediante Acuerdo Ministerial 35.
A partir del jueves 21 de enero de 2021 se reanudarán los plazos y términos suspendidos, mediante Acuerdo Ministerial 35.

Para el efecto, deberán solicitar la asignación de cita para concesión de visado, a partir del 21 de enero de 2021 hasta la media noche del viernes 19 de febrero de 2021. Lo podrán hacer ante la coordinación zonal más cercana a su domicilio, a través del portal https://serviciows.cancilleria.gob.ec:444/TurnosCancilleria.

Estarán exentos de la imposición de sanciones administrativas, por situación migratoria irregular, tanto los ciudadanos extranjeros que se encuentren tramitando su solicitud de residencia temporal o permanente y posean el comprobante de la cita en el sistema.

Esto por el plazo de 30 días, a partir del 21 de enero de 2021, hasta la media noche del viernes 19 de febrero de 2021; o, quienes presenten el formulario de solicitud de visa, mientras la administración no haya emitido una respuesta dentro del plazo establecido en el Reglamento a la Ley Orgánica de Movilidad Humana.

Las personas extranjeras cuya permanencia regular como turistas o residentes temporales terminó el 19 de marzo de 2020 o en fecha posterior, y que deseen salir del país, podrán hacerlo en el plazo de 30 días contados a partir del jueves 21 de enero de 2021 hasta la media noche del viernes 19 de febrero de 2021, sin el pago de multa por irregularidad migratoria. Transcurrido ese lapso, se aplicará lo dispuesto en el artículo 140 del Reglamento a la Ley Orgánica de Movilidad Humana.