Solicitar autorización para realizar rifas y sorteos

Solicitar autorización para realizar rifas y sorteos

Todos hemos visto o conocido a personas que realizan rifas o sorteos con boletos pero ¿Sabías que cuando la rifa o sorteo es a nivel de provincia o en múltiples provincias de debe pedir autorización? Si bien mucha gente solo asiste a imprentas o papelerías y compran una X cantidad de boletos/tickets para una rifa. En realidad solo es aplicable a dimensiones realmente pequeñas con precios no superar una cantidad de dinero importante. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página. También puedes participar en el WhatsApp. Si usas Telegram  ingresa al siguiente enlace.

Pero para caso de rifas de grandes proporciones se debe hacer el permiso para evitar problemas legales. Así que quédate para que aprendas como solicitar autorización para realizar rifas y sorteos con veta de boletos.

Requisitos para solicitar autorización de rifas y sorteos con venta de boletos

  • Solicitud dirigida al Director/a de Control y Orden Público, que contenga: Nombres y Apellidos del Usuario Externo (Promotor), Cédula de Ciudadanía, Domicilio, Correo Electrónico, Teléfono Celular, Ocupación, Razón del Pedido con los Datos de la Rifa o Sorteo.
  • Copias de la cédula de identidad y papeleta de votación (Persona natural y Persona jurídica del representante legal)
  • Título de propiedad legalmente inscritos y certificado del Registrado de la Propiedad del Inmueble materia de la rifa o sorteo (libre de gravamen); constancia de pagos de impuestos a la fecha de presentación; para bienes muebles títulos usuales de propiedad (facturas, título de propiedad, etc.) (Persona natural y Persona jurídica)
  • Copia certificada de la factura de compra del bien o bienes a sortearse. (Persona natural y Persona jurídica)
  • Garantía Bancaria o Hipotecaria que cubra la TOTALIDAD de los bienes a sortearse, la garantía será incondicional, irrevocable y de cobro inmediato, emitido por una institución financiera, deberá tener una vigencia no menor de 30 días contados a partir de la fecha del sorteo, a favor del Ministerio de Gobierno. (Persona natural y Persona jurídica)
  • Copia del proyecto de contrato que deberá suscribirse entre la persona promotora del sorteo y la imprenta que imprimirá los boletos o cupones. (Persona natural y Persona jurídica)
  • Recibos que acrediten haber cancelado las obligaciones con la imprenta y los locales donde se realizarán los sorteos. (Persona natural y Persona jurídica)
  • Declaración ante Notario público indicando su voluntad irrevocable de enajenar los bienes a sortear, indicando el lugar donde se encuentran situados. (Persona natural y Persona jurídica)
  • Reglamento de rifas o sorteos, señalando: la vigencia, fechas de la rifa o sorteo, cobertura, mecánica de la promoción, lista de premios, lugar de la rifa o sorteo, y demás detalles del sorteo, costo del boleto de ser el caso.
  • Comprobante de pago de tasa de recuperación de costos por servicio (Cancelar en la Dirección Financiera del MINISTERIO DE GOBIERNO).

 

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Para personas jurídicas y casos especiales

  • Copia del proyecto de acción o boleto que se emitirá para la venta, firmada por el promotor responsable deberá constar: valor nominal (en el caso de que sea únicamente de una rifa o sorteo a través de la venta de boletos)
  • Copia del contrato suscrito entre la promotora y la empresa de Radio y Televisión u otra cuyos locales se verificarán los sorteos públicos. (Persona natural y Persona jurídica, de ser el caso)
  • De realizar el sorteo por bienes televisados exhibición mediante videos por lo menos tres veces antes del sorteo. (Persona natural y Persona jurídica, de ser el caso)
  • Copia de constitución de la empresa promotora (Persona jurídica).
  • Copia certificada del documento que acredite la existencia legal de la compañía promotora. (Persona jurídica)
  • Copia certificada del nombramiento del representante legal de la compañía promotora. (Persona jurídica)

autorizacion

¿Cómo solicitar autorización de rifas y sorteos con venta de boletos?

El trámite es llevado a cabo por la Dirección de Control y Orden Público del Ministerio de Gobierno, así que es mediante esta entidad que se gestiona la autorización.

  • En primer lugar la persona (natural o jurídica) debe cancelar el valor de $50 dólares por el trámite, en la Dirección Financiera del Ministerio de Gobierno.
  • Una vez cancelado el valor adjunte el comprobante de pago y demás requisitos en una carpeta con oficio dirigido a la Dirección de Control y Orden Público.
  • Ingrese la documentación en Secretaría General del Ministerio de Gobierno, presentando la cédula de ciudadanía original en ventanilla.
  • Una vez ingresada la documentación, se le asignará un número de trámite al usuario.
  • Una vez atendida su solicitud un funcionario de la Dirección de Control y Orden Público puede o no comunicarse con usted debido a problemas con sus requisitos para que el usuario solvente los mismos.
  • Resulte los problemas con los requisitos la Dirección de Control y Orden Público autorizará la rifa o sorteo que ha cumplido con todos los requisitos e informará mediante oficio y correo electrónico.
  • Por último recibirá la autorización para realizar la rifa o sorteo.