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¿Cuál es la diferencia entre el RUC y el RISE?

El RUC y el RISE. ¿Cuál es la diferencia entre el RUC y el RISE?. ¿No sabes cuál es la diferencia entre el RUC y el RISE? ¿Quieres iniciar una actividad económica y no sabes cuál tramitar o para qué sirve cada uno? ¡Conoce la diferencia entre el RUC y el RISE y sal ya de dudas! Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página. También puedes participar en el WhatsApp. Si usas Telegram  ingresa al siguiente enlace.

Actualmente, existen ciudadanos en Ecuador que tienen dudas con relación a cuáles documentos tramitar cuando desean iniciar una actividad económica. Desconocen lo que es el RUC y aún más para qué sirve el RISE. Unos piensan que se trata de lo mismo y otros simplemente no saben para qué existen.

Cuando se trata de fines tributarios, las personas tienen que, como primer deber formal, inscribirse en los registros pertinentes. Al hacerlo, estará formalizando su actividad y dando inicio a una serie de obligaciones tributarias. El RUC o Registro Único de Contribuyentes es el nombre que recibe ese registro en Ecuador.

Por lo tanto, el RUC es un número de registro que te identifica como contribuyente ante la Autoridad Tributaria y te permite desarrollar formalmente cualquier actividad económica lícita en Ecuador. Es un documento personal e intransferible.

¿Por qué es importante tramitar el Ruc y el RISE?

Porque sin él, no estarás autorizado para realizar libremente cualquier actividad lícita, de forma temporal o permanente, que te genere ingresos en Ecuador y, además, podrás conocer y cumplir, a través de él, con tus obligaciones tributarias.

Si deseas conocer ¿Cómo tramitar el RUC? Haz clic AQUÍ.

 

¿Cuáles son los tipos de contribuyentes?

Existen dos tipos de RUC, uno para personas naturales y otro para sociedades. Así que tu número de registro deberá estar de acuerdo con uno u otro.

La persona natural, podrá declarar sus impuestos bajo dos regímenes:

1.- Régimen General: Al obtener el RUC, podrás emitir y entregar comprobantes de venta autorizados por el SRI por todas tus transacciones, presentar declaraciones de impuestos (IVA e Impuesto a las Renta) y pagarlos de acuerdo con tu actividad económica. Tus ventas pueden superar los 60.000 dólares al año.  A este régimen puede acogerse todo el mundo.

2.- El RISE (Régimen Impositivo Simplificado Ecuatoriano. Es un nuevo régimen de incorporación voluntaria que reemplaza el pago del IVA y del Impuesto a la Renta a través de cuotas mensuales.

Al RISE pueden acogerse:

a) Quienes sólo vendan a consumidores finales, con ingresos de hasta 60.000 dólares al año. Y que no necesitan contratar más de diez empleados.

b) Personas naturales que desarrollen trabajos en relación de dependencia que genere ingresos menores a 9.210 dólares y, además, desarrollen actividades independientes, pero que sus ingresos brutos anuales no superen los 60.000 dólares.

c) Quienes inicien una actividad económica y no prevean superar sus ventas por 60.000 dólares al año.

En el RISE pueden inscribirse: pescadores, agricultores, ganaderos, avicultores, mineros, transportistas, microindustriales, restaurantes, hoteles, servicios de construcción, trabajadores autónomos, comerciantes minoristas. Pero existen otras tantas áreas económicas que NO pueden beneficiarse de este régimen especial, tales como: agenciamiento de bolsa, publicidad, propaganda, almacenamiento o depósito de productos de terceros, organización de espectáculos públicos, libre ejercicios profesional que requiera título terminal universitario, agente de aduana, comercialización y distribución de combustible, comisionista, arriendo y alquiler de bienes inmuebles, extracción y comercialización sustancias minerales metálicas, corretaje de bienes raíces, casinos, bingos, salas de juegos, impresión de comprobantes de venta, retención y documentos, etc.

Requisitos para tramitar el RISE:

a) Ser persona natural.

b) Presentar original y copia de la cédula de identidad o ciudadanía.

c) Presentar original y copia de una planilla de agua, luz o teléfono (de los últimos 3 meses).

d) No tener ingresos anuales superiores a los 60 mil dólares, o si te encuentras bajo relación de dependencia el ingreso por este concepto no supere la fracción básica del Impuesto a la Renta gravado con tarifa cero por ciento (0%) para cada año.

e) No practicar ninguna de las actividades catalogadas como restringidas.

f) No haber sido agente de retención, por lo menos durante los últimos 3 años.

Ventajas del RISE:

1.- No es necesario hacer las declaraciones.

2.- No se entregan facturas. En su lugar se entregan comprobantes de ventas simplificados autorizados por el SRI (notas de venta o ticket de máquina registradora) en donde sólo se llena el monto y la fecha.

3.- Como no se entregan facturas, no se hacen las retenciones de IVA e Impuesto a las Rentas.

4.- No tienes la obligación de llevar la contabilidad.

5.- Afiliación al IESS. Por cada nuevo empleado que incorpores a tu nómina y que esté afiliado al IESS, se descuenta el 5% de la cuota hasta llegar a un máximo del 50% de descuento.

6.- Pago de impuestos. Se calcula una tarifa fija que se paga de manera mensual (dependiendo del ingreso promedio anual que generen tus actividades) en cualquier entidad financiera que tenga convenio con el SRI.

Diferencia entre el RUC y el RISE

a) No son dos regímenes tributarios distintos.

b) El RUC, viene siendo, más o menos, tu cédula de identidad, pero ante la Autoridad Tributaria. El RISE, en cambio, es un régimen tributario, así como lo es el Régimen General.

c) En el RUC están registradas todas las personas que contribuyen, mientras que en el RISE sólo están registrados una fracción.

Para más información, puedes ingresar al sitio web del SRI.

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