Requisitos Para Reagrupación Familiar En España
El objetivo central de la reagrupación familiar en España, es la unificación de las familias. En este artículo daremos a conocer los requisitos para Reagrupación Familiar en el territorio español. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página. También puedes participar en el WhatsApp. Si usas Telegram ingresa al siguiente enlace.
Le proporcionaremos datos de interés y aunque piensa que es una gestión complicada en la praxis es fácil y lo único fundamental es, conocer los términos, condiciones y documentos. Así que, te invitamos a leer completo esta reseña.
Índice
1 ¿Cuáles Son Los Requisitos Para Reagrupación Familiar?
1.1 Sistema Online
2 ¿Cómo Solicitar La Reagrupación Familiar?
3 ¿Cuándo Es Necesario Renovarla?
4 ¿Qué Es La Reagrupación Familiar?
¿Cuáles Son Los Requisitos Para Reagrupación Familiar?
Los interesados no deben tener ningún antecedente penal, la solicitud de este requisito, debe ser emitido tanto en los países donde estuvo con anterioridad los últimos 5 años y en España.
Otro de los tantos requisitos para Reagrupación Familiar es no encontrarse ilegalmente en España, debe tomar en consideración que los permisos de permanencia o residencia son solicitados y otorgados, desde el país de origen del ciudadano interesado.
Este requisito es necesario, ya que evita que el ciudadano extranjero ingrese a España como turista y luego, intenten quedarse de manera ilegal.
La ciudadanía de la persona reagrupante, es el siguiente recaudo, ya que es necesario aclarar que, la reagrupación familiar fue contemplada para ciudadanos que no son europeos.
Las personas que pueden solicitar realizar el trámite son las que han estado residenciadas en España de manera legal durante un tiempo de 1 año con su correspondiente permiso de residencia.
Con respecto a los recursos económicos, este es el aspecto más importante del trámite, ya que con este requisito, la persona reagrupante debe dar pruebas que posee los recursos o fondos para ser el sostén de los miembros reagrupados cuando estén dentro del territorio nacional.
Por otra parte …
En relación a una casa adecuada, este requerimiento que el departamento de Extranjería deberá comprobar que la residencia, tiene las condiciones de habitabilidad adecuada con el objeto de que, los miembros de su familia puedan vivir de manera digna y con los recursos necesarios garantizados.
Si tiene la interrogante de cómo hacer la comprobación de la vivienda, el interesado puede pedir un reporte de arrendamiento de la vivienda a la alcaldía o ayuntamiento de la ciudad donde reside.
Otro recaudo bien específico, es hacer la declaración de que los miembros de la familia que queremos traer a suelo español, son realmente familia nuestras, así que debemos probar nuestro nexo o parentesco sanguíneo.
En caso de tener sus padres, cónyuge e hijos, debe entregar: la certificación de nacimiento tanto suya como de sus hijos así como también, el acta de matrimonio.
Si los familiares que se van a reagrupar no están en tarea, es necesario tener un seguro médico personal que tenga cobertura completa a nivel nacional como uno de los requisitos para Reagrupación Familiar.
Aunque sea extranjero pero tiene un empleo, no es necesario el seguro médico personal, ya que, con el empleo adquiere la seguridad social, donde está incluido hijos y cónyuge.
Información de interés a tener en consideración:
Debe disponer de una vivienda adecuada para vivir con sus familiares reagrupantes.
La persona reagrupante, debe tener pruebas de su permanencia como residente en territorio español por un periodo de tiempo de mínimo 1 año y, así mismo, una aprobación de la permanencia extendida por 1 año más adicional, este último requisito es necesario para reagrupar a sus padres.
La remuneración mínima mensual, de acuerdo al indicador público de las rentas múltiples o mejor conocido como IPREM, son empleados para corroborar la capacidad de sostenimiento económico de los familiares a reagrupar.
Documentos requeridos
La documentación requerida está relacionada con la persona reagrupante y con los familiares reagrupados. Según el procedimiento hay dos etapas claras que describiremos a continuación:
La primera etapa, se consignan original y copia con la información vinculada a la persona reagrupante.
La segunda etapa, es la documentación asociada con los familiares reagrupados y deben presentarse en original.
A continuación le mencionamos la documentación que la persona reagrupante debe presentar ante el departamento de Extranjería:
El formulario EX02 sobre reagrupación familiar, el mismo debe ser entregado por duplicado, completado, impreso y con la firma del interesado.
La petición de la tarjeta o documento de identificación de la persona solicitante.
Original y copia del pasaporte o documento de inscripción que esté actualizado o en su defecto la boleta de viaje de la persona reagrupante.
Original y copia de la documentación que avale que el reagrupante tiene una relación laboral estable o que tiene solvencia económica para cubrir los gastos necesarios de los familiares reagrupados.
Además…
Si la persona trabaja de forma independiente o por su cuenta, debe consignar copia de las contrataciones por sus servicios o algún documento que avale los ingresos que devenga por sus actividades. Así mismo, la copia de la última declaración de rentas o IRPF.
Si no tuviera ningún tipo de actividad laboral dentro de España, debe consignar cheques avalados, constancia de cancelación o sus tarjetas de créditos. Así como, los comprobantes o histórico de operaciones bancarias que reflejen su saldo disponible como crédito de sus tarjetas.
Constancia o certificación de arrendamiento o de titularidad de una vivienda.
Copia de los pasaportes de los familiares que se quieren reagrupar.
La documentación respectiva que avalen la relación familiar consanguínea.
Comprobante de pago correspondiente a la gestión.
La documentación que aseguren el seguro médico para el núcleo familiar reagrupado.
En la segunda etapa, corresponde a los documentos en original, que estén relacionados con los familiares reagrupados:
Pasaporte de cada miembro a reagrupar que tenga una vigencia superior a 4 meses.
Certificación de los antecedentes penales de cada familiar.
Documentos o partidas que avalen el lazo familiar con la persona reagrupante.
Certificación médica que garantice que no padece ninguna patología, que tenga un impacto negativo dentro de la salud pública española.
Para más información darle clic al siguiente enlace.
Sistema online
¿Cómo Solicitar La Reagrupación Familiar?
En virtud que son diferentes las personas involucradas en la petición de la reagrupación familiar, en este apartado señalaremos las actividades y acciones de cada uno de los interesados durante el procedimiento:
Por parte de la persona reagrupante
Pedir cita programada con anterioridad, mediante el portal web oficial del Gobierno de extranjería.
Cancelar los impuestos.
Dirigirse a la Oficina de Extranjería, en la fecha y hora establecida en la cita programada, con las planillas EX02 y EX17, ambas completadas con todos los documentos adjuntados que se solicitan.
Por parte de la oficina de Extranjería
Hacer recepción de la petición, tramitando y avalando con las instituciones correspondientes, todos los reportes e informes relacionados con la prohibición de ingreso a suelo español y con sus respectivos antecedentes o certificaciones penales y policiales.
Posterior a la evaluación de todos los documentos consignados, deberán tomar la decisión y avisar si se aprueba o rechaza la autorización. En caso de la aprobación, dicho permiso de residencia por reagrupación familiar será congelada, esperando por las gestiones de los familiares reagrupados para adquirir la visa de reagrupación familiar.
Por parte de los familiares a reagrupar
Dirigirse a la oficina del consulado español de su país de origen, para tramitar la solicitud de la visa por concepto de reagrupación familiar. Al recibir la aprobación de dicha petición, tiene un lapso de 2 meses para su activación.
Por parte del consulado español en el país de origen del familiar reagrupado
Evaluar la petición de la visa y expedir su decisión final. De manera que, debe avisar al familiar a reagrupar en un lapso máximo de 2 meses, desde el momento que se recibió dicha petición.
Por parte del familiar a reagrupar
Deberá ingresar a suelo español, dentro del periodo de tiempo que esté vigente la visa, siendo este un tiempo tope de 3 meses.
Una vez en el país, se debe llevar a cabo el trámite de la TIE o mejor conocida como tarjeta de identidad de extranjero en un tiempo no mayor a 1 mes.
¿Cuándo Es Necesario Renovarla?
La autorización de residencia y ocupación que se obtiene mediante el procedimiento, autoriza que se pueda residir durante un lapso de 12 meses en territorio español, sin embargo, al finalizar el tiempo y quiere seguir en España, deberá hacer la renovación de la autorización de permanencia.
La prórroga o renovación, se puede llevar a cabo en la oficina de Extranjería pertinente, de acuerdo a la religión que tenga dentro del país.
La misma es realizada dentro de los primeros 3 meses luego de la terminación de la tarjeta y a los 2 meses previos a su finalización.
Se hace necesario comprobar todos los documentos solicitados para dar comienzo a la gestión. Luego, de solicitar la cita previa en la oficina de Extranjería, y presentar la documentación para la prórroga, debe esperar 90 días para que le den su decisión final.
Si ocurriese que se terminó el lapso de 90 días y no ha recibido respuesta alguna, la petición se entenderá como aprobada por silencio administrativo positivo.
¿Qué Es La Reagrupación Familiar?
La reagrupación familiar se refiere al procedimiento legal migratorio, mediante el cual cualquier extranjero que resida en territorio español y tenga su permiso de permanencia con su correspondiente prorroga, puede traer consigo a sus familiares directo a vivir con él a España.
Con la reagrupación familiar, el núcleo familiar a reagrupar puede conseguir de manera simple un empleo y un permiso de residir en el país.
En resumen, es el proceso mediante el cual una persona no nacida en Europa puede traer a España a sus familiares ascendentes o descendientes.
Así mismo, puede obtener la reagrupación familiar comunitaria, ésta se activa cuando la persona reagrupante, es originaria de un país de la Comunidad Europea.
En caso de que tenga poca reserva de dinero y se pregunte si es donde podría residir cuando este su familia en el país, y es que los costos por arriendo por piso en España, varía mucho. No obstante, podemos presentar algunas aproximaciones.
A continuación le presentamos un listado de referencia de los montos estimados por concepto de alquiler de un piso dentro del país, los cuales están expresados en euros:
Alicante (dimensiones entre 55 a 90 m2): tiene un monto aproximado de 650 a 700 euros.
Barcelona (dimensiones entre 55 a 90 m2): tiene un monto aproximado de 850 a 1000 euros.
Bilbao (dimensiones entre 55 a 90 m2): tiene un monto aproximado de 850 a 900 euros.
Castellón (dimensiones entre 55 a 90 m2): tiene un monto aproximado de 450 a 500 euros.
Logroño (dimensiones entre 55 a 90 m2): tiene un monto aproximado de 500 a 650 euros.
Madrid (dimensiones entre 55 a 90 m2): tiene un monto aproximado de 1200 a 2000 euros.
Málaga (dimensiones entre 55 a 90 m2): tiene un monto aproximado de 650 a 750 euros.
Murcia (dimensiones entre 55 a 90 m2): tiene un monto aproximado de 500 a 700 euros.
Pamplona (dimensiones entre 55 a 90 m2): tiene un monto aproximado de 700 a 800 euros.
San Sebastián (dimensiones entre 55 a 90 m2): tiene un monto aproximado de 1000 a 1500 euros.
Santander (dimensiones entre 55 a 90m2): tiene un monto aproximado de 700 a 800 euros.
Valencia (dimensiones entre 55 a 90m2): tiene un monto aproximado de 600 a 800 euros.
Vitoria (dimensiones entre 55 a 90m2): tiene un monto aproximado de 700 a 850 euros.
Esperamos que esta información acerca de los requisitos para Reagrupación Familiar sea de su completa utilidad. Éxitos con su trámite.