Restricciones alerta roja

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Luego de que este martes, 18 de enero, se declaró la alerta roja en el Distrito Metropolitano de Quito, y de acuerdo con la Resolución 040, vigente en la capital, se aplican las siguientes disposiciones.

Restricciones alerta roja

  • Discotecas, centros de tolerancia, centros de diversión nocturna, centros de entrenamiento y gimnasios que realizan actividades de contacto quedan suspendidas.
  • Los centros comerciales, incluidos patios de comida, supermercados y mercados, agencias bancarias y corporativas, tendrán un aforo del 50 %
  • Restaurantes en el interior 50 %
  • Restaurantes en el exterior 60 %
  • Cines y teatros un aforo del 30 %
  • Gimnasios con excepción de los que realizan entrenamientos destinados a prácticas de deportes o actividades de contacto 50 %
  • Auditorios, centros de convenciones o alojamientos turísticos, para realización de eventos corporativos o académicos en el interior 50 % y en el exterior 75 %
  • Auditorios, centros de convenciones, alojamientos turísticos, para la realización de eventos de carácter social, en el interior 50 % y en el exterior 60 %.
  • El Pico y Placa se mantiene
  • Estas medidas buscan precautelar la salud de la población y es necesario contar con la corresponsabilidad ciudadana, para evitar más contagios por Covid-19.

 

Las actividades permitidas en alerta roja :

  • Acudir a los centros comerciales, patio de comidas, supermercados, mercados y restaurantes. Estos locales solo podrán atender al 50% de aforo, es decir, a la mitad de la capacidad permitida.
  • Las personas en Quito deben utilizar de manera permanente la mascarilla y mantener el distanciamiento.
  • Los ciudadanos deberán portar el carné o certificado de vacunación para ingresar a establecimientos que brinden servicios no esenciales.
  • Los usuarios pueden visitar los cines, siempre y cuando respeten el aforo del 30%.
  • Además, no podrán consumir alimentos dentro del establecimiento.
  • Dos aforos en los buses. Los pasajeros deberán mantener el distanciamiento en el sistema de transporte público. Las unidades podrán funcionar solo con el 50% de su capacidad en horas pico (06:00 – 09:30 y 16:00 – 21:00). En cambio, está permitido que operen con el 75% del aforo a partir de las 9:30.
  • Las personas puede acudir a centros de convenciones, alojamiento turístico, eventos corporativos o académicos que se realicen en el interior de locales con un 50% de aforo y en el exterior con 75% de la capacidad aprobada.

El COE Metropolitano instó a los ciudadanos a mantener los protocolos de bioseguridad, el distanciamiento social, el uso correcto de mascarilla, así como el lavado frecuente de manos para evitar los contagios de covid-19.

Otra de las recomendaciones es evitar y no permanecer en sitios sin ventilación. También hizo un llamado a las personas a que acudan los centros de vacunación, de conformidad al plan dispuesto por el Ministerio de Salud Pública.