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Solicitud de Montepío desde casa IESS en línea

Solicitud montepío. Conoce como solicitar el montepío en línea a través de la web del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) para convivientes. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página. También puedes participar en el WhatsApp.

Las pensiones generadas por el montepío se las puede solicitar desde la tranquilidad de la casa, ya que el IESS ha implementado este servicio en línea, para que las personas no tengan la necesidad de asistir a la institución.

Este trámite no tiene ningún valor económico y se puede realizar en cualquier momento, lo único que se necesita es una computadora con acceso a internet, puesto que este trámite se lo solicita por medio del sitio web.

¿Qué es el montepío?

Es una pensión mensual que recibe el/la conviviente por medio del IESS, a causa de la pérdida total del afiliado o jubilado, ya que este durante más de 30 años aportó al seguro.

Los requisitos para solicitar el montepío son:

  • Solicitud de viudez u orfandad.
  • Cédula de identidad de la persona beneficiaria que va a solicitar el montepío donde se pueda comprobarla en viudez.
  • Acta de matrimonio actualizado
  • Copia de cédula del ciudadano fallecido legible.
  • Certificado bancario del beneficiario
  • Certificado de defunción
  • Croquis del domicilio del solicitante

No olvidar que todos los documentos deben estar digitalizados en formato PDF, hay que enviar los documentos solicitados al correo de recepción de documentos (revisar en iess.gob.ec) los documentos siguientes:

  • Fotocopia de la cédula de identidad del solicitante.
  • Foto del rostro del solicitante la foto debe ser clara.

Solicitud de en viudez y Orfandad

Esta solicitud debe de ser gestionada en la página oficial del seguro (iess.gob.ec), este documento forma parte de uno de los requisitos fundamentales para solicitar el montepío.

Ingresar a la página web del IESS: iess.gob.ec.

  • Sigue la siguiente ruta: Trámites Virtuales ➝ Asegurados ➝ Pensionista ➝ Pensión de Montepío por
  • Viudez y Orfandad.
  • Ingrese el número de cédula del solicitante.
  • Llene los datos que solicite la plataforma.
  • Descargue el archivo en PDF e imprima la solicitud.
  • Finalmente, la plataforma le indicará cuando debe presentar la solicitud de montepío en las ventanillas del IESS.

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¿Quién tiene derecho del montepío?

Los principales beneficiarios del montepío son los hijos y la persona con las que estuvo casado o conviviendo al menos por dos años; de no existir, también pueden solicitarlo la madre del afiliado.

En el primer caso, el montepío es una pensión que el conviviente recibirá hasta que nuevamente contraiga matrimonio y los hijos hasta que cumplan la mayoría de edad, luego de eso dejarán de recibir esta pensión.

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