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Anexo de Declaración Patrimonial SRI

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Según el art. 69 de la RLRTI.- Las personas naturales, incluyendo las que no desarrollen actividad económica, cuyo total de activos existentes al 1 de enero del ejercicio supere el monto equivalente a 20 fracciones básicas desgravadas de impuesto a la renta, deben declarar su patrimonio considerando para el cálculo, el porcentaje que les corresponda en la sociedad conyugal o unión de hecho que integren, y el de sus hijos no emancipados

Quienes mantengan sociedad conyugal o unión de hecho deberán presentar una declaración conjunta en el caso de que sus activos comunes superen el valor equivalente a 40 fracciones básicas desgravadas de impuesto a la renta.

 

¿Qué es y cuándo se debe realizar la declaración patrimonial?

Mayo es el mes para realizar la declaración patrimonial. Ésta obligación consiste en la consignación ante el SRI de la información sobre los bienes de las personas nacionales y extranjeras residentes en Ecuador. Ésta declaración no implica el pago de algún valor tributario.

 

¿Quiénes deben hacer la declaración patrimonial?

La declaración patrimonial debe ser presentada ante el SRI por las personas naturales, nacionales o extranjeros, accionistas de empresas, profesionales o administradores de negocios, que al 01 de enero del 2019 tengan un patrimonio superior a los $226.200,00 de manera individual o a los $452.400,00 en conjunto con el cónyuge. Este valor se calcula anualmente en función de lo establecido en el artículo 69 del Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno que indica el cálculo del monto mínimo del patrimonio en base a 20 fracciones básicas desgravadas de impuesto a la renta para personas individuales y 40 fracciones básicas para declaraciones conjuntas.

 

¿Para qué se debe realizar la declaración patrimonial?

El objetivo de esta obligación es controlar los incrementos patrimoniales injustificados.

 

¿Qué tipo de información debe contener la declaración?

La declaración patrimonial debe contener información completa sobre los activos, pasivos y patrimonio del declarante del país tanto como  del extranjero, e incluirá los bienes y dinero de propiedad exclusiva del declarante, de los pertenecientes a la sociedad conyugal, sociedad de hecho; y los de propiedad de los hijos menores de edad.

 

¿Qué tipo de bienes se toman en cuenta para la declaración patrimonial?

Para realizar esta declaración se toman en cuenta los siguientes activos y pasivos:

  • Activos en el Ecuador y en el exterior:
    • Dinero en efectivo e inversiones en instituciones financieras.
    • Derechos representativos de capital.
    • Cuentas por cobrar.
    • Bienes muebles y construcciones en curso.
    • Vehículos motorizados terrestres, naves y aeronaves.
    • Derechos.
    • Bienes inmuebles.
    • Créditos tributarios de IVA, Impuesto a la Renta, Impuesto a la Salida de Divisas, diferencias temporarias, etc.
  • Pasivos en el Ecuador y en el exterior:
    • Deudas contraías:
    • Instituciones financieras.
    • IESS – BIESS.
    • Accionistas, partícipes y socios.
    • Dividendos.
    • Créditos a mutuo.
    • Transferencias casa matriz.
    • Otros.

 

Calendario de presentación de la declaración patrimonial

La información se presentara anualmente a través de Internet y en los plazos establecidos, según el siguiente calendario:
Sin título- Anexo de Declaración Patrimonial SRI

Elaboración de la declaración Patrimonial

 

Presentación de la declaración Patrimonial

 

Anexo de Declaración Patrimonial
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