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¿Cómo retirar los fondos de cesantía del iess?

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A continuación te explicaremos cómo retirar los Fondos de Cesantía del IESS, un aporte temporal que todos los afiliados al sistema de la Seguridad Social ecuatoriana tienen guardados en sus cuentas individuales.

Este fondo lo puedes solicitar cuando te quedes sin empleo, ya sea que hayas renunciado o te hayan despedido. Sólo debes cumplir con los requisitos que establece el IESS para su retiro.

 

Para mayor información sobre este aporte, te sugiero leer lo siguiente: Todo sobre la Cesantía Laboral del IESS.

Índice de Contenido

Requisitos para retirar la Cesantía del IESS

Afiliados bajo relación de dependencia

  1. Tener 24 aportaciones no simultáneas (no consecutivas).
  2. Estar cesante (sin trabajo) por un periodo mínimo de 60 días.
  3. Poseer la clave de afiliado.
  4. Tener una cuenta bancaria registrada en el IESS.
  5. Presentar la justificación de desempleo otorgado por una autoridad o inspector de trabajo.
  6. No tener préstamos quirografarios vigentes ni obligaciones patronales pendientes de pago.

Afiliados con permiso de paternidad o maternidad 

A parte de los requisitos anteriores:

  1. Tener el permiso por maternidad y paternidad registrado en el sistema de Historia Laboral.
  2. Estar dentro de los tres días posteriores a la terminación de la licencia con sueldo.

Afiliados voluntarios y jubilados

  1. Sin tiempo de espera (solicitud inmediata).
  2. No hay número de aportes por cumplir.
  3. Contar con la clave personal al IESS.
  4. Tener registrada una cuenta bancaria en el Seguro Social.
  5. No tener solicitudes registradas para el Seguro de Desempleo.
  6. Carecer de préstamos quirografarios vigentes y de obligaciones patronales pendientes.

Afiliados Fallecidos

Si el afiliado fallece, sus hijos y cónyuge pueden retirar los fondos de cesantía que haya tenido acumulado:

  1. Original de la partida de defunción.
  2. Copia de cédula de identidad del afiliado fallecido.
  3. Original de la partida de matrimonio (si estuvo casado).
  4. Copias de cédulas de identidad del cónyuge e hijos menores de edad (si los tuviere).
  5. Certificado bancario de todos los beneficiarios mayores de edad con derecho.
  6. Posesión efectiva o copia certificada.
  7. Retiro sin tiempo de espera.

¿Cómo retirar los Fondos de Cesantía del IESS?

La solicitud para la devolución de los fondos de cesantía se realiza por Internet en el sitio web del IESS. Recuerda que recién puedes solicitarla al día 61 de estar cesante (sin empleo):

  1. Ingresa a www.iess.gob.ec y elige Trámites Virtuales > Asegurados > Afiliados > Cesantía (clic aquí).
  2. Ingresa a tu cuenta con tu usuario y clave de afiliado.
  3. Da clic en la opción «Solicitud» para registrar la solicitud de devolución del fondo de cesantía.

solicitud

  1. Se abrirá una ventana en el que aparecerán tus datos personales, el estado de la cuenta individual, las condiciones de afiliación y si cumples o no con los requisitos. Si los cumples, el sistema te habilitará el botón «Continuar». Da clic ahí.

requisitos

  1. Se abrirá otra ventana con la «Liquidación Preliminar de Cesantía». Es decir, la cantidad que solicitas para la devolución. Da clic en Continuar.
  2. Aparecerá la ventana de «Acuerdo de Notificación». Clic en Continuar y re-confirma para generar la orden de pago.
  3. Si deseas imprimir la solicitud de devolución de la cesantía, haz clic en Imprimir. Caso contrario, haz clic en Finalizar.

Si quieres darle seguimiento a la orden generada, elige la opción «Órdenes de Pago» del tablero principal. Ahí podrás verificar el estado de la orden y chequear la cuenta bancaria donde se realizará la acreditación de este fondo.

Recuerda que una vez retires tu cesantía, puedes volver a acumularlo cuando aportes nuevamente al IESS. Además, podrás retirar tus fondos de cesantía cuantas veces te quedes sin trabajo, siempre que en cada oportunidad reúnas los requisitos.

Solicitar los fondos de cesantía de afiliados fallecidos

El trámite es presencial y se lo realiza en cada Dirección Provincial a través de las Coordinaciones Provinciales de Prestaciones de Pensiones, Riegos del Trabajo, Fondos de Reserva y Seguro de Desempleo. Procura llevar todos los requisitos anteriormente expuestos para este caso.

Cláusulas de retiro de la cesantía para afiliados fallecidos

  1. Los hijos menores de 18 años y los hijos de cualquier edad con discapacidad para trabajar no pueden retirar la cesantía del fallecido. Estos deben tener un representante legal para realizar el trámite.
  2. Si el fallecido no tiene hijos o cónyuges, la devolución le corresponderá a los padres del asegurado.
  3. Si dos o más familiares acuden a reclamar el fondo del afiliado fallecido, el IESS hará una exclusión y se realizará una distribución equitativa e igualitaria del capital acumulado.

Más sobre el retiro de la cesantía

Tiempo de acreditación de la cesantía

Los fondos de cesantía se acreditan en la cuenta bancaria del afiliado en un máximo de 10 días laborales. Pero si te acogiste al permiso por paternidad o maternidad, el pago se acreditará a los 61 días de haber registrado la solicitud de cesantía.

¿Qué es la Cesantía Dolosa?

Es un tipo de fraude y se da cuando el afiliado solicita los fondos de cesantía, pero continúa laborando durante los 60 días que debería estar cesante. La multa por cesantía dolosa es:

  • Retención total del valor acumulado que tenía el afiliado en su cuenta individual.
  • No se considerará el tiempo de servicio en que se basó la cesantía anterior.

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