Microempresas ampliación de plazos para declaración del IR
Microempresas ampliación de plazos para declaración del IR. El SRI recalca que la declaración efectuada fuera de las fechas señaladas generará las correspondientes multas e intereses, de conformidad con lo dispuesto en el Código Tributario. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página. También puedes participar en el WhatsApp. Si usas Telegram ingresa al siguiente enlace.
Microempresas ampliación de plazos para declaración del IR
Hasta octubre próximo, los microempresarios que se encuentran dentro del régimen impositivo para microempresas (RIM) podrán declarar el Impuesto a la Renta del 2% que corresponde al primer semestre del 2021.
El 06 de julio de 2021, el Servicio de Rentas Internas emitió la Resolución No. NAC-NAC-DGERCGC21-00000032 que amplía los plazos de presentación de la declaración del impuesto a la renta para contribuyentes sujetos al régimen de microempresas correspondiente al primer semestre de 2021, cuya fecha de vencimiento correspondía al mes de julio de 2021, ahora podrán hacerlo hasta el mes de octubre de 2021, considerando el siguiente calendario:
NOVENO DÍGITO DEL RUC | FECHA MÁXIMA DE VENCIMIENTO |
1 | 21 de octubre de 2021 |
2 | 21 de octubre de 2021 |
3 | 22 de octubre de 2021 |
4 | 25 de octubre de 2021 |
5 | 25 de octubre de 2021 |
6 | 26 de octubre de 2021 |
7 | 27 de octubre de 2021 |
8 | 27 de octubre de 2021 |
9 | 29 de octubre de 2021 |
0 | 29 de octubre de 2021 |
Sujetos Pasivos
Los sujetos pasivos calificados como contribuyentes especiales presentarán la declaración y pago del impuesto a la renta semestral, hasta el 21 de octubre de 2021; y, los contribuyentes que tengan su domicilio principal en la Provincia de Galápagos podrán presentar su declaración hasta el 28 de octubre de 2021.
Según establece el documento, los sujetos pasivos calificados como contribuyentes especiales presentarán la declaración y pago del impuesto a la renta semestral, hasta el 21 de octubre de 2021; y, los contribuyentes que tengan su domicilio principal en Galápagos podrán presentarla hasta el 28 de octubre.
La resolución detalla que cuando una fecha de vencimiento coincida con días de descanso obligatorio o feriados nacionales o locales, esta se trasladará al siguiente día hábil.
La Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial. RESOLUCIÓN Nro. NAC-DGERCGC21-00000032 del 06 de julio de 2021 disponible en el portal web del SRI.