Requisitos para bautizar a un niño en Ecuador
Requisitos para bautizar a un niño en Ecuador. El Bautizo es el sacramento por el cual el hombre nace hacia la vida espiritual, por medio del agua y la invocación a la Santísima Trinidad: Padre, Hijo y Espíritu Santo. El bautismo es una figura simbólica de identificación espiritual del creyente con la muerte, sepultura y resurrección de Jesús.
¿Cuáles son los requisitos para bautizar a un niño en Ecuador?
- Los padres deben vivir en esta parroquia donde el niño se va a bautizar. Si viven en otra parroquia, deben llevar el permiso respectivo
- Con quince días de antelación a la fecha del bautismo, hay que inscribir al niño en la parroquia. Para ello, debe llenar el «informe» que le darán en la oficina, con los datos de la inscripción civil del niño y el nombre de los padrinos, padres, domicilio, etc.
- Papeleta del Registro Civil o partida de nacimiento del niño o niña
- Los bautizos se realizan desde que tienen 1 mes de nacido hasta los 5 años 11 meses de edad.
- De acuerdo a cada parroquia, además se podrá pedir la asistencia a un curso de bautismo a los padres y padrinos del niño
¿Cuáles son los requisitos para ser padrinos y bautizar en Ecuador?
- Ser elegidos por el que va a ser bautizado, por sus padres o representantes
- Ser mayor de 16 años
- Haber recibido la Primera Comunión y la Confirmación
- Si vive vida conyugal, debe ser casado por la Iglesia
- Llevar una vida congruente con la fe católica, que participe en la Misa dominical, que se confiese, etc. (Por lo tanto, no pueden ser padrinos personas de otras religiones).
- Tener capacidad para desempeñar su misión, y real intención de realizarla.
¿Qué precio tiene bautizar a un niño?
Los Sacramentos de la Iglesia Católica son gratuitos. No hay que «pagar» nada por recibir este servicio. Sin embargo se puede hacer una donación voluntaria a la Parroquia.
Cabe recordar que para la Iglesia Católica Romana el bautismo se considera un sacramento. El término griego bá·pti·sma se refiere al proceso de inmersión, es decir, sumergirse y emerger; se deriva del verbo bá·ptō, “sumergir”. Elementos simbólicos: agua bendita, cirio, óleo, etc. Inicialmente se impartía sólo a adultos pero desde el siglo IV se empezó a impartir a niños, bajo la garantía y compromiso de la fe de sus padres.
El ministro ordinario del sacramento es un ministro ordenado (Obispo, Presbítero o Diácono) o un bautizado cuando hay ausencia de ministro ordenado o, en casos muy particulares, cualquier persona (incluso un no bautizado) que lo imparta con la intención y en el modo con que lo administra la Iglesia.