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¿Cómo retirar los Fondos de Cesantía IESS?

Retirar Fondos de Cesantía. El IESS ofrece a sus afiliados la posibilidad de retirar fondos de cesantía online. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página. También puedes participar en el WhatsApp.

Índice


¿Cómo Sacar los Fondos de Cesantía IESS?

Según la página oficial del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, «la prestación del seguro de desempleo consiste en la entrega de una suma de dinero al afiliado que se encuentra desempleado», la misma que «se financia con el 2% de la cotización mensual del trabajador «. Esto significa que si actualmente está desempleado, puede reclamar el pago de su indemnización por despido. Sin embargo, deberá cumplir con ciertas condiciones para poder retirarlos.


Pasos para retirar los fondos de Cesantia del IESS

  • Ingrese al portal del IESS en la opción Actualización de Datos IESS.
  • Ingrese su número de cédula y clave de afiliado.
  • Vaya a la opción Información y dé clic en Actualización de Datos.
  • Una vez allí ingrese a Información de cuenta bancaria y luego haga clic en Registrar cuenta bancaria.
  • Haga clic en Guardar.

Luego vuelva a ingresar a la página del IESS, haga clic en Contáctenos y escoja la opción Recepción de trámites.

Llene la información solicitada, así como el trámite Aprobación de información bancaria del afiliado y adjunte la fotografía de su cédula de ambos lados, certificado de votación y otra mostrándola junto a su rostro (formato JPG o PDF y con un peso máximo de 1 MB), además de un número telefónico y debe constar su correo electrónico en el IESS.

Detalle su solicitud y envíe.


Requisitos para retirar los Fondos de Cesantía IESS

  • Tener la clave de afiliado al IESS.
  • Tener 24 aportaciones no simultáneas acumuladas.
  • Estar cesante por 60 días a partir de la fecha de la renuncia (NO DESPIDO).
  • No tener obligaciones patronales pendientes ni préstamos quirografarios vigentes con el BIESS.
  • Tener registrada una cuenta individual de cesantía (cuenta bancaria registrada y validada).


Cesantía por permiso de maternidad o paternidad

  • Cumplir con los requisitos generales.
  • Tener registrado el permiso por maternidad o paternidad en el historial laboral del IESS.
  • Estar dentro de los tres días posteriores a la terminación de la licencia con sueldo.


Afiliados voluntarios

  • Cumplir con los requisitos generales.
  • No tener solicitud para la prestación del seguro de desempleo.


Cesantía Afiliados fallecidos

  • Este es el único caso donde el trámite es presencial en el IESS:
  • Partida de defunción.
  • Acta de matrimonio.
  • Copia de cédula de ciudadanía del afiliado fallecido.
  • Copias de cédula del cónyuge e hijos menores de edad con derecho.
  • Certificado bancario de todos los beneficiarios mayores de edad con derecho.
  • Posesión efectiva o copia certificada.


¿Cuáles son los derechos de los jubilados pensionistas?

Los jubilados pensionistas tienen derecho a recibir el total de sus fondos de cesantía, sin cumplir con los dos meses de espera. Pueden acceder a pensiones de invalidez o rentas permanentes totales o absolutas o los derechohabientes del afiliado fallecido.

Los derechohabientes son aquellas personas que reciben beneficios de otra persona. Esta palabra usualmente se usa para describir al heredero de una persona, es decir, el individuo que recibe algunos beneficios como en este caso los fondos de cesantía de algún fallecido.

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