Derechos y Obligaciones de los Estudiantes
Derechos y obligaciones de los estudiantes. Conozca cuales son los derechos y obligaciones de los estudiantes según la LOEI Ecuador. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página. También puedes participar en el WhatsApp
Según consta en el capítulo tercero de la Ley Orgánica de Educación Intercultural del Ecuador, los derechos y obligaciones de los estudiantes son:
Art. 7.- Derechos.-
Las y los estudiantes tienen los siguientes derechos:
a. Ser actores fundamentales en el proceso educativo;
b. Recibir una formación integral y científica, que contribuya al pleno desarrollo de su personalidad, capacidades y potencialidades;
c. Ser tratado con justicia, dignidad, sin discriminación, con respeto a su diversidad individual, cultural, sexual y lingüística;
d. Intervenir en el proceso de evaluación interna y externa como parte y finalidad de su proceso educativo;
e. Recibir gratuitamente servicios de carácter social, psicológico y de atención integral de salud en sus circuitos educativos;
f. Recibir apoyo pedagógico y tutorías académicas de acuerdo con sus necesidades;
g. Ejercer activamente su libertad de organización y expresión garantizada en la Constitución de la República;
h. Participar en los procesos eleccionarios de las directivas de grado, de los consejos de curso, del consejo estudiantil y de los demás órganos de participación de la comunidad educativa;
i. Ser protegidos contra todo tipo de violencia en las instituciones educativas;
j. Recibir becas y apoyo económico que les permitan acceder en igualdad de condiciones al servicio educativo;
k. Recibir becas, permisos especiales, auspicios y apoyos para sus representaciones nacionales o internacionales;
l. Gozar de la privacidad y el respeto a su intimidad, así como a la confidencialidad de sus registros médicos y sicológicos;
m. Ejercer su derecho constitucional al debido proceso, en toda acción orientada a establecer la responsabilidad de las y los estudiantes por un acto de indisciplina o violatorio;
n. Disponer de facilidades que le permitan la práctica de actividades;
o. Contar con propuestas educacionales flexibles y alternativas que permitan la inclusión;
p. No ser sancionados por condiciones de embarazo, maternidad o paternidad, y recibir el debido apoyo y atención ;
q. Aprender, en el idioma oficial e idiomas ancestrales;
r. Disponer, al inicio del año escolar, del carné estudiantil, que le permita acceder a la tarifa preferencial;
s. Implementar medidas de acción afirmativa para el acceso y permanencia en el sistema educativo de las niñas; y,
t. Recibir una formación en derechos humanos y mecanismos de exigibilidad durante la educación en todos sus niveles.
Art. 8.- Obligaciones.-
Las y los estudiantes tienen las siguientes obligaciones:
a. Asistir regularmente a clases y cumplir con las tareas y obligaciones derivadas del proceso de enseñanza y aprendizaje;
b. Participar en la evaluación de manera permanente;
c. Procurar la excelencia educativa y mostrar integridad y honestidad académica en el cumplimiento de las tareas y obligaciones;
d. Comprometerse con el cuidado y buen uso, mantenimiento y mejoramiento de las instalaciones físicas, bienes y servicios de las instituciones educativas, sin que ello implique egresos económicos;
e. Tratar con dignidad, respeto y sin discriminación alguna a los miembros de la comunidad educativa;
f. Participar en los procesos de elección del gobierno escolar, gobierno estudiantil, de los consejos de curso y en caso de ser electos, ejercer la dignidad de manera activa y responsable;
g. Fundamentar debidamente sus opiniones y respetar las de los demás;
h. Respetar y cumplir los códigos de convivencia armónica y promover la resolución pacífica de los conflictos;
i. Hacer buen uso de becas y materiales que recibe;
j. Respetar y cumplir la Constitución, las leyes, reglamentos ;
k. Cuidar la privacidad e intimidad de los demás miembros de la comunidad educativa; y,
l. Denunciar ante las autoridades e instituciones competentes todo acto de violación de sus derechos.
Art. 9.- De la participación y representación estudiantil
En los programas de cada uno de los niveles de educación, se integrarán contenidos que estimulen la participación ciudadana de las y los estudiantes.
Asimismo, se pondrá énfasis especial en el conocimiento, profundización y aplicación de la Constitución de la República.
Las y los estudiantes de todos los niveles ejercerán libremente el derecho a organizarse y a tener representación entre sus compañeros, en todos los niveles intraescolares e interescolares.