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Derechos y Obligaciones de los Estudiantes

Derechos y obligaciones de los estudiantes. Conozca cuales son los derechos y obligaciones de los estudiantes según la LOEI Ecuador. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página. También puedes participar en el WhatsApp

Según consta en el capítulo tercero de la Ley Orgánica de Educación Intercultural del Ecuador, los derechos y obligaciones de los estudiantes son:

Art. 7.- Derechos.-

Las y los estudiantes tienen los siguientes derechos:

a. Ser actores fundamentales en el proceso educativo;

b. Recibir una formación integral y científica, que contribuya al pleno desarrollo de su personalidad, capacidades y potencialidades;

c. Ser tratado con justicia, dignidad, sin discriminación, con respeto a su diversidad individual, cultural, sexual y lingüística;

d. Intervenir en el proceso de evaluación interna y externa como parte y finalidad de su proceso educativo;

e. Recibir gratuitamente servicios de carácter social, psicológico y de atención integral de salud en sus circuitos educativos;

f. Recibir apoyo pedagógico y tutorías académicas de acuerdo con sus necesidades;

g. Ejercer activamente su libertad de organización y expresión garantizada en la Constitución de la República;

h. Participar en los procesos eleccionarios de las directivas de grado, de los consejos de curso, del consejo estudiantil y de los demás órganos de participación de la comunidad educativa;

i. Ser protegidos contra todo tipo de violencia en las instituciones educativas;

j. Recibir becas y apoyo económico que les permitan acceder en igualdad de condiciones al servicio educativo;

k. Recibir becas, permisos especiales, auspicios y apoyos para sus representaciones nacionales o internacionales;

l. Gozar de la privacidad y el respeto a su intimidad, así como a la confidencialidad de sus registros médicos y sicológicos;

m. Ejercer su derecho constitucional al debido proceso, en toda acción orientada a establecer la responsabilidad de las y los estudiantes por un acto de indisciplina o violatorio;

n. Disponer de facilidades que le permitan la práctica de actividades;

o. Contar con propuestas educacionales flexibles y alternativas que permitan la inclusión;

p. No ser sancionados por condiciones de embarazo, maternidad o paternidad, y recibir el debido apoyo y atención ;

q. Aprender, en el idioma oficial e idiomas ancestrales;

r. Disponer, al inicio del año escolar, del carné estudiantil, que le permita acceder a la tarifa preferencial;

s. Implementar medidas de acción afirmativa para el acceso y permanencia en el sistema educativo de las niñas; y,

t. Recibir una formación en derechos humanos y mecanismos de exigibilidad durante la educación en todos sus niveles.

Art. 8.- Obligaciones.-

Las y los estudiantes tienen las siguientes obligaciones:

a. Asistir regularmente a clases y cumplir con las tareas y obligaciones derivadas del proceso de enseñanza y aprendizaje;

b. Participar en la evaluación de manera permanente;

c. Procurar la excelencia educativa y mostrar integridad y honestidad académica en el cumplimiento de las tareas y obligaciones;

d. Comprometerse con el cuidado y buen uso, mantenimiento y mejoramiento de las instalaciones físicas, bienes y servicios de las instituciones educativas, sin que ello implique egresos económicos;

e. Tratar con dignidad, respeto y sin discriminación alguna a los miembros de la comunidad educativa;

f. Participar en los procesos de elección del gobierno escolar, gobierno estudiantil, de los consejos de curso y en caso de ser electos, ejercer la dignidad de manera activa y responsable;

g. Fundamentar debidamente sus opiniones y respetar las de los demás;

h. Respetar y cumplir los códigos de convivencia armónica y promover la resolución pacífica de los conflictos;

i. Hacer buen uso de becas y materiales que recibe;

j. Respetar y cumplir la Constitución, las leyes, reglamentos ;

k. Cuidar la privacidad e intimidad de los demás miembros de la comunidad educativa; y,

l. Denunciar ante las autoridades e instituciones competentes todo acto de violación de sus derechos.

Art. 9.- De la participación y representación estudiantil

En los programas de cada uno de los niveles de educación, se integrarán contenidos que estimulen la participación ciudadana de las y los estudiantes.

Asimismo, se pondrá énfasis especial en el conocimiento, profundización y aplicación de la Constitución de la República.

Las y los estudiantes de todos los niveles ejercerán libremente el derecho a organizarse y a tener representación entre sus compañeros, en todos los niveles intraescolares e interescolares.